La convivencia en una comunidad de vecinos requiere realizar las actuaciones necesarias para el buen funcionamiento del inmueble. A lo largo de los años, es normal que se produzcan desperfectos en elementos comunes, como pueden ser patios, ventanas, terrazas, telefonillos o buzones, por citar algunos de ellos. ¿De quién es la responsabilidad de arreglarlo?
Hay que determinar la responsabilidad del propietario en lo ocurrido
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La convivencia en una comunidad de vecinos requiere realizar las actuaciones necesarias para el buen funcionamiento del inmueble. A lo largo de los años, es normal que se produzcan desperfectos en elementos comunes, como pueden ser patios, ventanas, terrazas, telefonillos o buzones, por citar algunos de ellos. ¿De quién es la responsabilidad de arreglarlo?
En este sentido, la Ley de Propiedad Horizontal (LPH), en su artículo 9, señala que «son obligaciones de cada propietario respetar las instalaciones generales de la comunidad y demás elementos comunes, ya sean de uso general o privativo de cualquiera de los propietarios, estén o no incluidos en su piso o local, haciendo un uso adecuado de los mismos y evitando en todo momento que se causen daños o desperfectos».
«Por tanto, aunque el artículo 10 de la LPH señala que la comunidad debe responder por la conservación de los elementos comunes y costear cualquier reparación, quedará eximida de esta responsabilidad si se comprueba que el daño ha sido causado por la dejadez o negligencia de los propios propietarios. Es decir, se aplica el refrán de quien la hace, la paga.
En las situaciones más complicadas para dirimir la culpabilidad puede ser necesaria la actuación de un perito que determine la responsabilidad y, por tanto, quién debe pagar.
En las terrazas, patios y azoteas, la responsabilidad del forjado recae sobre la comunidad. Sin embargo, si se rompen las losetas, la responsabilidad es del propietario, salvo una excepción: si la avería proviene de un defecto constructivo. En estas situaciones, también la comunidad será la encargada de la reparación.
Por otro lado, de las ventanas y puertas son responsables las personas que las usan. Pero de nuevo habrá que analizar de dónde viene el daño. Si es el paso del tiempo, se encarga el propietario, pero si se trata de un desperfecto estructural pagaría la comunidad. Es habitual, por tanto, cuando no hay acuerdo al respecto, que este tipo de situaciones terminen en los tribunales.
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