<p>El Promotor de la Acción Disciplinaria del <a href=»https://www.elmundo.es/e/co/consejo-general-del-poder-judicial.html»>Consejo General del Poder Judicial</a>,<strong> Ricardo Conde</strong>, ha archivado la investigación abierta contra el magistrado de la Sala Segunda del <a href=»https://www.elmundo.es/e/tr/tribunal-supremo.html»>Tribunal Supremo</a>, <strong>Ángel Hurtado</strong>, instructor de la causa que se sigue contra el fiscal general del Estado, <strong>Álvaro García Ortiz</strong>, por la filtración de datos reservados del novio de<strong> Isabel Díaz Ayuso</strong>.</p>
El Promotor de la Acción Disciplinaria concluye que se trata de una denuncia sin base en datos objetivos y mínimamente contrastados
El Promotor de la Acción Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial, Ricardo Conde, ha archivado la investigación abierta contra el magistrado de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, Ángel Hurtado, instructor de la causa que se sigue contra el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, por la filtración de datos reservados del novio de Isabel Díaz Ayuso.
El pasado mes de abril, a raíz de las quejas presentadas por varios ciudadanos, el promotor incoó unas diligencias informativas. En las citadas quejas se acusaba al juez Hurtado de buscar «el escarnio» del fiscal general, de difundir datos innecesarios para la investigación faltando a su deber de secreto, de alargar el procedimiento de forma innecesaria, de llevar a cabo una investigación prospectiva, de derrochar recursos económicos y humanos en la instrucción llevada a cabo en la Sala de lo Penal y de existir dudas sobre la imparcialidad del instructor. En las citadas quejas, haciéndose eco de publicaciones en diferentes medios de comunicación relativas a la práctica de diligencias del caso del fiscal general, se señalaba que el instructor había faltado a sus deberes judiciales sin soporte probatorio alguno.
En su resolución de archivo, el Promotor de la Acción Disciplinaria señala que tales afirmaciones no guardan la menor relación con hechos de naturaleza disciplinaria, sino que constituyen aspectos propios de la instrucción a determinar en el seno del procedimiento judicial, por lo que es a los órganos judiciales predeterminados por la ley a los que corresponde su valoración y que no se corresponde con hechos de naturaleza disciplinaria. «Serán los miembros de la carrera judicial predeterminados por la Ley quienes valoren tales aspectos en el seno del procedimiento correspondiente», indica el archivo.
Además, el CGPJ concluye que se trata de una denuncia basada en apreciaciones subjetivas contra el magistrado Ángel Hurtado en la que, sin base en datos objetivos y mínimamente contrastados, se afirma que habría facilitado la difusión de datos innecesarios para la instrucción sin concretar cuáles.
En este sentido, el promotor, Ricardo Conde, sostiene que cualquier desacuerdo o crítica que se pretenda realizar contra las decisiones contenidas en las resoluciones judiciales debe encauzarse a través de los recursos que las normas de procedimiento establecen para que, en sede judicial, se confirme tal pronunciamiento o quede sin efecto en todo o en parte.
Por su parte, la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha señalado entre el 3 y el 13 de noviembre el juicio al fiscal general por un delito de revelación de secretos. García Ortiz se sentará en el banquillo por presuntamente haber facilitado a la Cadena Ser el contenido confidencial de un correo electrónico que el abogado del novio de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Alberto González Amador, había enviado al fiscal del caso que se seguía contra él admitiendo que «ciertamente» se han cometido dos delitos contra la Hacienda Pública. Será la primera vez en la Historia que un fiscal general ocupe sitio en el lugar de los presuntos delincuentes.
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