<p>La pareja de <strong>Isabel Díaz Ayuso</strong>, el empresario <strong>Alberto González Amador</strong>, ha recurrido la controvertida decisión de la fiscal general del Estado, <strong>Teresa Peramato</strong>, de librar a <strong>Álvaro García Ortiz</strong> de la expulsión y suspensión de la carrera fiscal tras ser condenado por el Tribunal Supremo. Tal y como desveló EL MUNDO, el pasado 23 de diciembre, Peramato <a href=»https://www.elmundo.es/espana/2026/01/13/696651a5fdddff8f338b456d.html»>dictó un decreto</a> donde concluyó que el ex fiscal general del Estado, condenado por un delito de revelación de datos reservados del novio de la presidenta de la Comunidad de Madrid, es decir, condenado por un delito doloso, no debe ser expulsado de la carrera fiscal.</p>
La pareja de Ayuso reprocha a la máxima representante del Ministerio Fiscal no haber sido informado por conducto oficial de la decisión adoptada pese ser el perjudicado directo de la comisión del delito de revelación
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La pareja de Isabel Díaz Ayuso, el empresario Alberto González Amador, ha recurrido la controvertida decisión de la fiscal general del Estado, Teresa Peramato, de librar a Álvaro García Ortiz de la expulsión y suspensión de la carrera fiscal tras ser condenado por el Tribunal Supremo. Tal y como desveló EL MUNDO, el pasado 23 de diciembre, Peramato dictó un decreto donde concluyó que el ex fiscal general del Estado, condenado por un delito de revelación de datos reservados del novio de la presidenta de la Comunidad de Madrid, es decir, condenado por un delito doloso, no debe ser expulsado de la carrera fiscal.
Ahora, González Amador, que ejerció como querellante y acusación particular en el proceso penal, ha presentado un recurso contra el decreto dictado por la fiscal general -del que Peramato no informó a la opinión pública pese a la trascendencia del asunto-.
Según apuntan fuentes jurídicas, precisamente en el recurso de reposición, la pareja de Ayuso reprocha a la máxima representante del Ministerio Fiscal no haber sido informado por conducto oficial de la decisión adoptada pese ser el perjudicado directo de la comisión del delito de revelación. González Amador añade que solicita la condición de interesado en el expediente administrativo a la par que denuncia que no se le ha comunicado la decisión de inicio del procedimiento ni tampoco ninguna otra resolución relacionada con el mismo, por lo que no ha podido ejercitar sus derechos.
El pasado mes de noviembre, la Sala de lo Penal condenó a García Ortiz a una pena de multa de 7.200 euros y la inhabilitación especial para el cargo de fiscal general del Estado por tiempo de dos años. Además, la Sala le obligó a pagar una indemnización al empresario Alberto González Amador de 10.000 euros por daños morales como responsabilidad civil. En su sentencia, el Supremo indicó que no era competente para fijar las «consecuencias» (administrativas y/o disciplinarias) del fallo condenatorio.
Sin embargo, como primera decisión de calado de su mandato, Peramato determinó, en cuestión de escasos días, que la condena penal de García Ortiz no tiene ninguna consecuencia -ni expulsión ni suspensión- para su predecesor en el cargo, por quien dijo sentir públicamente «respeto» y «admiración» en su toma de posesión como fiscal general.
Al adoptar esta decisión, la Fiscalía General se apoyó en la interpretación realizada por la Sala Tercera del Tribunal Supremo en la sentencia STS 1604/2017 donde señaló: «Es cierto, por otro lado, que quienes perteneciendo a la Carrera Judicial o a la Carrera Fiscal sean condenados por delito doloso solamente perderán necesariamente su condición si se les impone una pena privativa de libertad superior a seis meses según el artículo 379.1.d) de la Ley Orgánica del Poder Judicial y el art. 44. 2º del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal. Si la condena es a menos de seis meses de privación de libertad el Consejo General del Poder Judicial o el Fiscal General del Estado, de forma motivada y atendiendo a la entidad del delito cometido pueden sustituir la pérdida de la condición de juez o magistrado o de fiscal por la de suspensión de hasta tres años. Ahora bien, si la condena por delito doloso no conlleva privación de libertad, entonces no habrá pérdida de la condición judicial o fiscal».
Sin embargo, la defensa de la pareja de Ayuso rebate en su recurso esta tesis señalando que la jurisdicción contencioso-administrativa «nunca» se ha pronunciado «ni existe jurisprudencia» sobre lo concluido por Peramato en el decreto de 23 de diciembre de 2025: que, en realidad, el artículo 46.2 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal se refiere como causa de pérdida de la condición de fiscal, no a la imposición de la pena de inhabilitación para cargos públicos sino, sino a condenas de penas de inhabilitación para el empleo de la carrera fiscal.
El letrado de González Amador recalca que la jurisdicción contencioso-administrativa «nunca» ha concluido que el EOMF y el Reglamento se refieren como causa de inhabilidad (para el acceso, inhabilitación, reingreso y rehabilitación en la carrera fiscal) no a delitos dolosos, sino a condenas de penas privativas de libertad por delitos dolosos.
En este sentido, añade, que la sentencia a la que alude Peramato en su decreto de la Sala Tercera del TS no analiza «un supuesto de hecho ni análogo ni cercano al que nos ocupa» ya que se trata un supuesto con el acceso de un aspirante a la carrera judicial con antecedentes penales en el momento de concurrir a la oposición, al que se le deniega el acceso pese a aprobar las oposiciones por ese motivo.
El letrado Gabriel Rodríguez-Ramos recuerda que esa resolución del Alto Tribunal no decide sobre la aplicación del EOMF y ni del Reglamento Orgánico de la Fiscalía vigente en esos momentos.
Por todos estos motivos, la defensa de la pareja de Ayuso pide que se le conceda acceso al expediente administrativo, se retrotraigan las actuaciones al trámite de audiencia de los interesados y se anule el decreto de 23 de diciembre de 2025 dictado por Peramato. En este sentido, González Amador reclama que se declare la incapacidad para el ejercicio de funciones fiscales de García Ortiz así como la pérdida de la condición de fiscal. Agrega que el mismo tendrá antecedentes penales hasta, al menos, el 22 de enero de 2029.
Por último, el empresario reclama que la Inspección Fiscal incoee expediente disciplinario tanto al ex fiscal general como a la fiscal jefe provincial de Madrid, Pilar Rodríguez, por haber intervenido en las diligencias que le afectaban a la posible comisión de un delito de fraude fiscal por parte del novio de la presidente del PP madrileño.
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