<p>El magistrado del <a href=»https://www.elmundo.es/e/tr/tribunal-supremo.html»>Tribunal Supremo</a> que investiga el <a href=»https://www.elmundo.es/espana/koldo-garcia.html»><i>caso Koldo</i></a>, <strong>Leopoldo Puente</strong>, ha reducido al mínimo las posibilidades de que la <strong>Fiscalía Europea</strong> le arrebate la competencia sobre el caso. Lo ha hecho en una resolución en la que le dice dos cosas: que de momento no tiene datos de que las obras bajo sospecha se financiaran con fondos de la UE y que, de ser así, se trataría de un elemento «accidental».</p>
El magistrado Leopoldo Puente resalta que se trataría de un elemento «accidental» en una causa que afecta a organizaciones criminales nacionales
El magistrado del Tribunal Supremo que investiga el caso Koldo, Leopoldo Puente, ha reducido al mínimo las posibilidades de que la Fiscalía Europea le arrebate la competencia sobre el caso. Lo ha hecho en una resolución en la que le dice dos cosas: que de momento no tiene datos de que las obras bajo sospecha se financiaran con fondos de la UE y que, de ser así, se trataría de un elemento «accidental».
El magistrado instructor responde así a sendas peticiones de la Fiscalía Europea de que le informara sobre los expedientes de obras que investiga y la posible implicación de fondos europeos. De haberlos, podría asumir la instrucción del procedimiento, pues la Fiscalía Europea asume funciones de juez investigador en los asuntos de su competencia. Sus investigaciones son siempre secretas.
La providencia hace un resumen de la investigación que el TS asumió por la presencia de un aforado, el ex ministro y aún diputado José Luis Ábalos, y añade que no está «justificado, al menos hasta este momento, perjuicio cierto para fondos europeos, ni la existencia de ningún otro elemento, subjetivo u objetivo, de naturaleza trasfronteriza».
Tampoco es algo que se puede descartar, reconoce, si bien precisando que «en cualquier caso, aunque alguna de aquellas obras pudiese haber comprometido fondos de la referida procedencia, es preciso significar […] que el objeto de la presente causa especial […] se refiere a la eventual existencia de sendas organizaciones criminales, integradas por autoridades, funcionarios públicos y particulares que tendrían por objeto, a través del posible delito de cohecho y valiéndose de la influencia de aquéllos, la adjudicación de determinadas obras públicas, con entera independencia de los fondos que pudieran ser empleados en ellas (lo que, a juicio del instructor y en este momento, constituiría, de concurrir, un elemento meramente accidental)».
El Supremo ya cerró la puerta a que la Fiscalía Europea asumiera la investigación del caso Koldo en sus inicios, cuando pidió al juez encargado de la Audiencia Nacional que le entregase el asunto. El magistrado Ismael Moreno, de la mano de la Fiscalía Anticorrupción, sostuvo que no había justificación para ello. El Supremo concluyó que el núcleo del presunto perjuicio causado por la trama afectaba a intereses nacionales, no europeos, y que por tanto debía proseguir como un asunto nacional.
La resolución de Puente apunta a que, de hallarse esos fondos comunitarios, sostendría que se trata de una trama corrupta que afecta fundamentalmente a España y mantendría su competencia. Es posible que las investigaciones se fraccionen, como ha ocurrido en el caso de Begoña Gómez. Algunos de los contratos por los que se investiga a la esposa del presidente del Gobierno están en manos de la Fiscalía Europea y otros no.
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