<p>La <strong>Junta Electoral Central </strong>ha acordado suspender de forma cautelar los acuerdos por los que se permitía la utilización de las aplicaciones «MiDGT» y «<a href=»https://www.elmundo.es/espana/2025/04/01/67ebde19e4d4d8d1088b45a7.html»>MiDNI</a>» por parte de los electores en el momento de depositar su voto, presencialmente o por correo. Según ha anunciado el organismo en un comunicado, la medida regirá «hasta tanto se garantice que el control de la verificación de la identidad de los electores por estos sistemas es suficientemente segura».</p>
La medida regirá «hasta tanto se garantice que el control de la verificación de la identidad de los electores es suficientemente segura»
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La Junta Electoral Central ha acordado suspender de forma cautelar los acuerdos por los que se permitía la utilización de las aplicaciones «MiDGT» y «MiDNI» por parte de los electores en el momento de depositar su voto, presencialmente o por correo. Según ha anunciado el organismo en un comunicado, la medida regirá «hasta tanto se garantice que el control de la verificación de la identidad de los electores por estos sistemas es suficientemente segura».
El Partido Popular había solicitado previamente a la Junta Electoral Central la suspensión del uso del DNI digital -la aplicación miDNI- como medio de identificación de los votantes en urna en los comicios por considerar que este procedimiento genera «dudas y alarma social», especialmente después de que se haya conocido que no se requiere verificación de la identidad a través de un código QR actualizado. Esta verificación sería la que garantizaría la autenticidad del documento digital presentado.
El uso de la aplicación miDNI fue aceptada por la JEC a primeros de mes basándose en un informe de la Dirección General de Política Interior del ministerio que dirige Fernando Grande-Marlaska y que abogaba por el uso de la aplicación en su formato más sencillo cuando se tratara de identificación electoral. Por tanto, el votante puede mostrar el documento que aparece en la pantalla del móvil cuando ha descargado la aplicación miDNI sin incluir un código QR que pueda ser leído por la mesa electoral.
Ahora, cuando un ciudadano acude a la Policía para renovar su DNI, se le ofrece la posibilidad de llevar también el documento en el móvil a través de la aplicación oficial diseñada para ello. Así cuando se utiliza el DNI digital, la aplicación solicita los datos identificativos del usuario a la Policía Nacional, que los devuelve certificados con un código QR. Sin este procedimiento, lo que muestra el móvil es sólo una suerte de pantallazo del DNI impreso y esto es lo que Interio considera suficiente el que incluya la fotografía del votante.
Los populares justifican su reclamación ante la Junta Electoral insistiendo en que el sistema electoral español funciona bien y añadiendo que la iniciativa del Gobierno, sin las verificaciones oportunas, «sólo está generando problemas y desconfianza». Algo que, añaden, no sucede en los países del entorno porque «ninguno utiliza mecanismos electrónicos de identificación para votaciones presenciales».
El PP insiste en que los partidos políticos no pueden generar dudas, sino más bien hacer todo lo posible para disiparlas ofreciendo todas las garantías a la hora de votar. Por eso, los populares creen que es una «obligación legal» que todas las administraciones, también la electoral, «cumpla y ponga en marcha todos los medios para poder afrontar los próximos procesos electorales con un sistema de identificación seguro y con todas las garantías».
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