<p>Por regla general, para <strong>acceder en España </strong>a una<strong> prestación contributiva por desempleo</strong>, es necesario cumplir una serie de requisitos específicos, como es tener<strong> el periodo mínimo de cotización</strong>, fijado en 360 días , o que se haya perdido el empleo por<strong> causa ajena a la voluntad</strong> del trabajador. Es decir, que la extinción de la relación laboral no se puede producir por <strong>la renuncia deliberada </strong>del trabajador.</p>
Se trata de una excepción en la que se deben cumplir una serie de requisitos específicos
<p>Por regla general, para <strong>acceder en España </strong>a una<strong> prestación contributiva por desempleo</strong>, es necesario cumplir una serie de requisitos específicos, como es tener<strong> el periodo mínimo de cotización</strong>, fijado en 360 días , o que se haya perdido el empleo por<strong> causa ajena a la voluntad</strong> del trabajador. Es decir, que la extinción de la relación laboral no se puede producir por <strong>la renuncia deliberada </strong>del trabajador.</p>
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