En los últimos años, la vivienda, tanto en compra como en alquiler, se ha encarecido mucho, dificultando su acceso a muchas personas en la sociedad. Es por eso que la ley intenta proteger a los inquilinos con una serie de medidas que garanticen su permanencia.
Se debe respetar el contrato de alquiler existente hasta que alcance la duración mínima.
En los últimos años, la vivienda, tanto en compra como en alquiler, se ha encarecido mucho, dificultando su aceeso a muchas personas en la sociedad. Es por eso que la ley intenta proteger a los inquilinos con una serie de medidas que garanticen su permanencia.
Concretamente, existen unos plazos mínimos de obligado cumplimiento en el caso del alquiler. Si el arrendador es una persona física son cinco años, mientras que si se trata de una persona jurídica, la duración asciende hasta los siete. Entonces, ¿en todo ese tiempo no se puede vender el piso?
La realidad es que el propietario sí que puede hacerlo, pero el comprador deberá respetar el contrato de alquiler existente hasta que se alcance la duración mínima. Es decir, si, por ejemplo, tu casero vende tu piso una vez que han transcurrido dos años del contrato, el nuevo propietario deberá mantener las condiciones al menos durante los tres años restantes.
Sin embargo, si la venta se produce transcurrido ese periodo de cinco años (o siete, según el tipo de arrendador), entonces sí que el comprador puede concluir el contrato de alquiler.
Por tanto, cuando vendes un piso con un inquilino dentro que todavía tiene contrato en vigor, este tiene derecho a quedarse hasta la finalización del mismo. No obstante, una práctica cada vez más extendida es ofrecerle una indemnización para que se vaya.
El propietario puede proponer el pago de una cantidad de dnero para incentivar el adiós anticipado de su arrendatario y así venderlo ya liberado. Habitualmente, se suele situar en uno o dos meses de renta, aunque todo dependerá de la negociación entre ambos.
De esta manera, si el propietario ofrece una cantidad de dinero y el inquilino acepta, se rescinde el contrato anticipadamente y el piso está libre de ocupantes en el momento de la venta.
En caso de que el inquilino no acepte esta solución pactada, entonces podrá vender la vivienda igualmente, pero el nuevo propietario deberá respetar el contrato de alquiler hasta su finalización.
Actualidad Económica. Noticias de Economía Nacional e Internacional
