Pagar el alquiler puede suponer una gran dificultad para aquellas mujeres que tratan de rehacer su vida tras haber sufrido violencia de género. Buscando solucionar ese problema, el Gobierno ha dado luz verde a una medida en materia de vivienda que busca proteger a estas víctimas.
El objetivo de esta medida es garantizar una alternativa habitacional segura para este colectivo
Pagar el alquiler puede suponer una gran dificultad para aquellas mujeres que tratan de rehacer su vida tras haber sufrido violencia de género. Buscando solucionar ese problema, el Gobierno ha dado luz verde a una medida en materia de vivienda que busca proteger a estas víctimas.
El nuevo Plan Estatal de Vivienda 2026-2030 contempla ayudas de hasta el 100% del alquiler para mujeres víctimas de violencia de género y sus familias. Habrá un máximo de 1.000 euros al mes. No obstante, las comunidades autónomas podrán ampliar determinados límites en función de las circunstancias del caso.
Según el Ministerio de Igualdad, el objetivo es garantizar una alternativa habitacional segura y «que ninguna víctima permanezca con el agresor por carecer de una alternativa residencial».
La medida forma parte del Real Decreto 326/2026. La normativa establece que las ayudas podrán sufragar la totalidad de la renta del alquiler y, además, incluir apoyo para afrontar gastos asociados a la vivienda, como la luz, el agua, la conexión a Internet o la comunidad de propietarios.
El Ejecutivo ha establecido que la subvención podrá concederse durante un máximo de cinco años. En ese período, se realizará un seguimiento social de cada caso para adaptar la protección a las necesidades de la beneficiaria.
La ayuda, cuya gestión correrá a cargo de las comunidades autónomas, no solo está dirigida a víctimas de violencia de género. También podrán beneficiarse víctimas de trata con fines de explotación, personas objeto de desahucio, personas sin hogar y otros colectivos que se encuentren en situaciones de especial vulnerabilidad. Para acceder a la ayuda es necesario acreditar la situación que da derecho a ella y contar con la valoración de los servicios competentes.
No se podrá acceder a la ayuda si la persona dispone de una vivienda en propiedad o en régimen de usufructo que pueda ocupar una vez acreditada su condición de víctima. Además, hay que cumplir unos requisitos económicos.
La suma de los ingresos anuales de la unidad de convivencia no podrá superar tres veces el IPREM. Este límite aumentará a cuatro veces para personas con una discapacidad reconocida igual o superior al 33% y para familias numerosas de categoría general, monoparentales o monomarentales.
En el caso de familias numerosas de categoría especial o de personas con una discapacidad reconocida igual o superior al 65%, el límite será de cinco veces el IPREM.
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