Por muy dura que sea la semana, muchas veces el fin de semana aparece como el salvavidas perfecto para desconectar unos días, recargar pilas y volver al trabajo llenos de energía. Un descanso que viene recogido en la ley y cuyo disfrute es un derecho de los trabajadores.
Los menores de edad disponen de un tiempo superior
Por muy dura que sea la semana, muchas veces el fin de semana aparece como el salvavidas perfecto para desconectar unos días, recargar pilas y volver al trabajo llenos de energía. Un descanso que viene recogido en la ley y cuyo disfrute es un derecho de los trabajadores.
Concretamente, el artículo 37.1 del Estatuto de los Trabajadores señala que todo el mundo tiene derecho a un descanso mínimo semanal de día y medio. Lo más habitual es que sea la tarde del sábado y el domingo entero, aunque también puede abarcar la mañana del sábado o la del lunes, dependiendo del tipo de trabajo y los horarios.
- «Los trabajadores tendrán derecho a un descanso mínimo semanal, acumulable por periodos de hasta catorce días, de día y medio ininterrumpido que, como regla general, comprenderá la tarde del sábado o, en su caso, la mañana del lunes y el día completo del domingo. La duración del descanso semanal de los menores de dieciocho años será, como mínimo, de dos días ininterrumpidos«, señala.
Tal y como recoge la normativa, es posible acumular los días de descanso por periodos de 14 días. ¿Qué significa esto? Que un trabajador puede no tener descanso en una semana, trabajar, por ejemplo, 10 días seguidos y después disfrutar del descanso acumulado de ambas semanas, es decir, en vez de un día y medio, serían tres consecutivos.
Por último, hay que señalar que en el caso de los menores de 18 años, la ley contempla que el descanso mínimo debe ser de dos días completos, en lugar de día y medio.
Cabe señalar que el Estatuto de los Trabajadores fija un mínimo, pero muchas personas disfrutan del sábado y el domingo completos, ya que no se impide que las empresas ofrezcan mejores condiciones.
Aunque la ley señale expresamente que por regla general sábados, domingos o lunes sean los momentos de descanso, lo cierto es que determinados sectores, como la hostelería, el comercio, el transporte o la sanidad, suelen tener turnos rotatorios, lo que hace que muchas veces el descanso se produzca entre semana.
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